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Actividades:
13 Casa del Niño “ Hogar Infantil de la madre Trabajadora”:
Apoyo alimentario, promoción de la socialización y contención de los niños,
transmisión de los valores éticos, morales y culturales que promueven la
maduración y el desarrollo armónico de los niños. También apoyo escolar, salidas
recreativas, etc.
14 Comedores Infantiles:
CI: Asistencia alimentaría a los niños a la hora del almuerzo; con la correspondiente
realización de actividades de higiene y salud ( lavado de manos y dientes) y de
educación ( usos de los utensilios y comportamiento a la hora de comer).
CAI: Apoyo alimentario a los niños, según criterios nutricionales adecuados a la
edad; apoyo al proceso de enseñanza aprendizaje logrando la inserción del niño en
el establecimiento educativo del distrito; incorporación de hábitos sociales de
convivencia, de colaboración, de higiene y socialización, controles médicos y
odontológicos; planificación del tiempo libre a través de actividades acordes a las
edades.
C.A.I. La Yaya
C.A.I. Parque Americano
15 Plan Mas Vida - Comadre:
Censos de embarazada dentro del distrito, visitas periódicas para informar las
novedades del programa. Seguimiento de mujeres fuera del Sistema de Salud.
Desarrollo de capacitación a los grupos Multifamiliares con relación a controles de
Salud, esquemas de vacunación, lactancia materna, atención temprana y salud
reproductiva.
Mejorar las condiciones de nutrición, crecimiento y desarrollo de la población
materno infantil, fortaleciendo las capacidades de la familia y consolidando redes
comunitaria.
16 Fortalecimiento Familiar Ley 13163:
Servicio de asistencia social previstos para esta actividad hace eje en: el incremento de
la calidad de vida en lasa familias, como garantes de la cohesión social y el apoyo
particular en situación de riesgos sociales y otras situaciones especiales.
Todo ello bajo los principios de: Integración, universalidad, no discriminación y apoyo a la inserción familiar y comunitaria.
Servicio Local de Promoción y Protección de derechos de los niños niñas y adolescentes:
El interés Superior del Niño deberá considerarse principio recto para la asignación de recursos Públicos. Art. 4 Ley 13298 de la Promoción Integral de los Derechos del Niño.
Los Servicios Locales deberán contar con un Consejo Local según dispuesto en el artículo 15 de la misma Ley.
Los Servicios Locales deberán contar con un Defensor de los Derechos del Niño según lo dispone en el artículo 16.
Los Servicios Locales deberán contar con un observador Social según lo dispuesto por el artículo 24.
Según el artículo 18 la función de los Servicios Locales es facilitar a los niños que tengan amenazados o vulnerados sus Derechos acceda a los programas y planes disponibles en su comunidad, recursos públicos y privados municipales, provinciales y nacionales. Ejercer funciones de promoción y protección, recibir denuncias e intervenir de oficio; planificación y supervisión de alternativas de intervención.
El equipo técnico de los Servicios Locales debe estar conformado por lo menos con los siguientes profesionales: Trabajadora Social, Psicólogo, Abogado y medico.
Otros: Operadores de calle, psicopedagogos, maestros, técnicos, se designara respecto las demandas y la conformación de los Servicios Locales según cada Distrito.
17 Acción Social Directa:
Ayudas alimentaría a familias y personas que como consecuencias de crisis que desencadeno una
profundización de los niveles de pobreza se encuentran en situación de emergencia, la modalidad de la ayuda es variada y encuentra sustento en las normativas vigentes.
Asistencias a personas con necesidades especiales: se garantiza la asistencia a personas con necesidades especiales, que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, alimentaría, sanitaria, etc.
18 Atención Celiaca:
Apoyar a las familias en condiciones de vulnerabilidad social en cuyo seno existan personas celiacas. A través de la transferencia, de la provincia al Municipio para la adecuación de el bolso alimentario con productos sin T.A.C.C. |